- Delimitar el alcance de la Ley de Contrato de Trabajo ( excluir al trabajador independiente con colaboradores , prestadores de plataformas tecnológicas y a las contrataciones de obra , servicios , agencia y todas las reguladas en el Código Civil y Comercial de la Nación en General.
- Redefinir el principio de norma más favorable al trabajador ,evitando la integración interpretativa de varias normas o institutos.
- Eliminar la mención a los "principios de justicia social " como fuente de interpretación y aplicación de le Ley de Contrato de Trabajo.
-Eliminar la aplicación del "principio de irrenunciabilidad" al contrato de trabajo individual.
- Establecer que la homologación administrativa o judicial de los acuerdos conciliatorios , transaccionales o liberatorios les otorga autoridad de cosa juzgada.
- Establecer que las convenciones colectivas de trabajo no son susceptibles de aplicación extensiva o analógica.