Se modifica el Decreto 567/19 de tal manera que se incluye en la aplicación de la alícuota del 0% a la venta de productos mencionados en el Decreto de referencia a los sujetos:
a) Monotributistas
b) Responsables Inscriptos cuyas ventas no superen los montos establecidos en la Res. 220/19 para la categoría "micro" y desarrollen como actividad principal alguna de las detalladas en el anexo de la presente.
Detalle de actividad | CLAE |
Venta al por menor en supermercados | 471120 |
Venta al por menor en minimercados (incluye mercaditos, autoservicios y establecimientos similares que vendan carnes, verduras y demás productos alimenticios en forma conjunta) | 471130 |
Venta al por menor en kioscos, polirrubros y comercios no especializados n.c.p. | 471190 |
Venta al por menor en comercios no especializados, sin predominio de productos alimenticios y bebidas | 471900 |
Venta al por menor de productos lácteos | 472111 |
Venta al por menor de productos de almacén y dietética | 472120 |
Venta al por menor de huevos, carne de aves y productos de granja y de la caza | 472140 |
Venta al por menor de frutas, legumbres y hortalizas frescas | 472160 |
Venta al por menor de pan y productos de panadería | 472171 |
Venta al por menor de productos alimenticios n.c.p., en comercios especializados | 472190 |
Venta al por menor de alimentos, bebidas y tabaco en puestos móviles y Mercados | 478010 |
Venta al por menor de productos n.c.p. en puestos móviles y Mercados | 478090 |
Se faculta a la AFIP a que dicte las normas aclaratorias y complementarias que resulten necesarias para establecer el tratamiento del crédito fiscal originado.