AFIP. Pago a Cuenta del Impuesto PAIS

 

IMPUESTO PAIS SERVICIOS:

Se generaliza el Impuesto País al 25% para todos los servicios excepto:
  • Fletes y otros servicios de transporte, que se le aplicara la alícuota del 7,5%;
  • Salud y educación virtual, exentos por artículo 36 de la Ley 27.541
  • Recitales y turismo, sin modificaciones.
 
IMPUESTO PAIS BIENES:

Se generaliza el impuesto País al 7,5% para todos los bienes, excepto:
  • Medicamentos y material para combatir el fuego, exentos por artículo 36 de la Ley 27.541.
  • Bienes Suntuarios, que ya pagan el 30%.
  • Combustibles, lubricantes, bienes vinculados a la generación de energía, así como insumos y bienes intermedios vinculados a la canasta básica alimentaria, seguirán sin pagar el Impuesto País.
  • La percepción se aplica sobre todas las importaciones, incluidas los ingresos a Zona Franca  
  • Importaciones Temporales: no afectamos las importaciones que generan exportaciones (Agro Industria y Automotrices).
 
DÓLAR ECONOMÍA REGIONALES:

Se amplía el esquema de economías regionales. Las exportaciones que se liquidan hasta el 31 de agosto de 2023 tendrán un dólar de $ 340.
 
SIMPLIFICACIÓN CAMBIARIA:

Dólar Solidario y Dólar Tarjeta (tarjeta hasta USD 300 mensuales): quedaran unificados al 30% de Impuesto PAIS + 45% de Percepción Ganancias (No se aplica si se paga con dólares propios)