La Inspección General de Justicia, a través de la Resolución General 13/2022, establece que las SAS con domicilio en la Ciudad de Buenos Aires deberán presentar documentación dentro del plazo de 180 días incluyendo, entre otros requisitos, la acreditación de la existencia y veracidad del domicilio y sede social y los estados contables de los ejercicios económicos finalizados durante los años 2020, 2021, y, de corresponder, 2022. Transcurrido el plazo previsto se presumirán como inactivas a todas aquellas que no hayan dado cumplimiento a lo dispuesto y se reportará este estado a AFIP.
Fuente : Trivia