El Banco Central estableció un plazo de dos días hábiles para la entrega de estas financiaciones en pesos “a todos los clientes que las soliciten” y agregó que para verificar quiénes son elegibles, las entidades deberán consultar el listado de beneficiarios que dé a conocer la AFIP.
Se trata de una línea de hasta $150.000 que deberán ser acreditados en una tarjeta de crédito emitida por el banco que los otorga en tres cuotas mensuales, iguales y consecutivas.
La financiación destinada a monotributistas y autónomos deberá acreditarse dentro de los dos días hábiles de solicitada, y en caso de que el beneficiario no cuente con una tarjeta de crédito deberá proveerle una sin costo.
- Para recibirlo, se debe estar inscripto en cualquier categoría del Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes (monotributo) y el monto de la facturación electrónica del período comprendido entre el 12 de marzo y el 12 de abril de 2020 debe ubicarse debajo del promedio mensual del ingreso bruto mínimo de la categoría en la que se encuentre registrado.
Es requisito no recibir el bono de Anses de $10.000 ni prestar servicios al sector público nacional, provincial o municipal.
- No recibir ingresos por una jubilación, pensión o por un trabajo en relación de dependencia.
La AFIP deberá crear un servicio al que se podrá acceder con clave fiscal para que los monotributistas y autónomos puedan verificar si son elegibles para el préstamo. Si la AFIP no lo aprueba, el banco no otorgará el crédito.
La financiación contará con un período de gracia de 6 meses a partir de la primera acreditación, y a partir del mes siguiente, se reembolsará en al menos 12 cuotas mensuales iguales y consecutivas.
Se debe solicitar el crédito a tasa cero en el mismo banco donde se opera habitualmente. Hay que tener en cuenta que el monto de la financiación no podrá exceder el 25% del límite superior de ingresos brutos establecidos para cada categoría del monotributo, con un máximo de $150.000;
Desde el momento de la primera acreditación y hasta la cancelación total del préstamos no se pueden obtener adelantos de efectivo con la tarjeta de crédito
El BCRA dispuso que hasta la cancelación total del préstamo, el beneficiario no podrá comprar dólares, ni en el mercado de cambios ni a través de operaciones con títulos.