Recordemos que dicha tasa debe ser abonada por las sociedades accionarias (Sociedades Anónimas y Sociedades en Comandita por Acciones), las de Garantía Recíproca y las binacionales.
Las boletas se obtienen a través del servicio de “TASAS”, disponible en la página web de la Inspección General de Justicia. Para generar una boleta se debe ingresar el número correlativo o la razón social. El cálculo del importe se realiza tomando en cuenta el ejercicio anual vencido.
Las tasas se abonan en cualquier sucursal del Banco Nación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o en las cajas de IGJ de sede central o en las sedes de los colegios profesionales.
Vencida la fecha establecida, será sancionado con una multa equivalente al monto que resulta de aplicar una vez y media la tasa de interés mensual que utiliza el Banco de la Nación Argentina en sus operaciones de descuento para documentos comerciales, sobre los importes omitidos.
Fuente : Trivia