RESOLUCION M.T.E. y S.S. 1.062/14
Buenos Aires, 29 de setiembre de 2014
B.O.: 2/10/14
Vigencia: 1/9/14
Servicio doméstico. Ley 26.844. Personal de casas particulares. Salarios. Remuneraciones mensuales mínimas a partir del 1/9/14 y 1/1/15.
Art. 1 – Fíjense a partir del 1 de setiembre de
2014, y a partir del 1 de enero de 2015 las remuneraciones horarias y
mensuales mínimas para el personal comprendido en el régimen establecido
por la Ley 26.844 que se establecen en los Anexos 1 y 2,
respectivamente, que forman parte integrante de la presente.Art. 2 – Las adecuaciones salariales dispuestas por esta resolución serán de aplicación en todo el territorio de la Nación, sin perjuicio de las facultades asignadas por la Ley 26.844 a la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares.
Art. 3 – De forma.
ANEXO 1 - Categorías y remuneraciones a partir del 1/9/14
1. Supervisor/a: coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo | Personal con retiro Hora: $ 37. Mensual: $ 4.740 |
Personal sin retiro Hora: $ 41. Mensual: $ 5.280 |
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2. Personal para tareas específicas: cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo | Personal con retiro Hora: $ 35. Mensual: $ 4.404 |
Personal sin retiro Hora: $ 38. Mensual: $ 4.902 |
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3. Caseros: personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo | Hora: $ 34. Mensual: $ 4.296 |
4. Asistencia y cuidado de personas: comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores | Personal con retiro Hora: $ 34. Mensual: $ 4.296 |
Personal sin retiro Hora: $ 37. Mensual: $ 4.788 |
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5. Personal para tareas generales: prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar | Personal con retiro Hora: $ 30. Mensual: $ 3.864 |
Personal sin retiro Hora: $ 34. Mensual: $ 4.296 |
ANEXO 2 - Categorías y remuneraciones a partir del 1/1/15
1. Supervisor/a: coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo | Personal con retiro Hora: $ 40. Mensual: $ 5.135 |
Personal sin retiro Hora: $ 44. Mensual: $ 5.720 |
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2. Personal para tareas específicas: cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar, dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo | Personal con retiro Hora: $ 38. Mensual: $ 4.771 |
Personal sin retiro Hora: $ 42. Mensual: $ 5.311 |
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3. Caseros: personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo | Hora: $ 36. Mensual: $ 4.654 |
4. Asistencia y cuidado de personas: comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores | Personal con retiro Hora: $ 36. Mensual: $ 4.654 |
Personal sin retiro Hora: $ 40. Mensual: $ 5.187 |
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5. Personal para tareas generales: prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar | Personal con retiro Hora: $ 33. Mensual: $ 4.186 |
Personal sin retiro Hora: $ 36. Mensual: $ 4.654 |