Servicio Doméstico. Nuevas Escalas Salariales.

Resolución M.T.E. y S.S. 1.062/14

RESOLUCION M.T.E. y S.S. 1.062/14
Buenos Aires, 29 de setiembre de 2014
B.O.: 2/10/14
Vigencia: 1/9/14

Servicio doméstico. Ley 26.844. Personal de casas particulares. Salarios. Remuneraciones mensuales mínimas a partir del 1/9/14 y 1/1/15.
Art. 1 – Fíjense a partir del 1 de setiembre de 2014, y a partir del 1 de enero de 2015 las remuneraciones horarias y mensuales mínimas para el personal comprendido en el régimen establecido por la Ley 26.844 que se establecen en los Anexos 1 y 2, respectivamente, que forman parte integrante de la presente.
Art. 2 – Las adecuaciones salariales dispuestas por esta resolución serán de aplicación en todo el territorio de la Nación, sin perjuicio de las facultades asignadas por la Ley 26.844 a la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares.
Art. 3 – De forma.

ANEXO 1 - Categorías y remuneraciones a partir del 1/9/14

1. Supervisor/a: coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo Personal con retiro
Hora: $ 37. Mensual: $ 4.740
Personal sin retiro
Hora: $ 41. Mensual: $ 5.280
2. Personal para tareas específicas: cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo Personal con retiro
Hora: $ 35. Mensual: $ 4.404
Personal sin retiro
Hora: $ 38. Mensual: $ 4.902
3. Caseros: personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo Hora: $ 34. Mensual: $ 4.296
4. Asistencia y cuidado de personas: comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores Personal con retiro
Hora: $ 34. Mensual: $ 4.296
Personal sin retiro
Hora: $ 37. Mensual: $ 4.788
5. Personal para tareas generales: prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar Personal con retiro
Hora: $ 30. Mensual: $ 3.864
Personal sin retiro
Hora: $ 34. Mensual: $ 4.296
El personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad.

ANEXO 2 - Categorías y remuneraciones a partir del 1/1/15

1. Supervisor/a: coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo Personal con retiro
Hora: $ 40. Mensual: $ 5.135
Personal sin retiro
Hora: $ 44. Mensual: $ 5.720
2. Personal para tareas específicas: cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar, dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo Personal con retiro
Hora: $ 38. Mensual: $ 4.771
Personal sin retiro
Hora: $ 42. Mensual: $ 5.311
3. Caseros: personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo Hora: $ 36. Mensual: $ 4.654
4. Asistencia y cuidado de personas: comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores Personal con retiro
Hora: $ 36. Mensual: $ 4.654
Personal sin retiro
Hora: $ 40. Mensual: $ 5.187
5. Personal para tareas generales: prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar Personal con retiro
Hora: $ 33. Mensual: $ 4.186
Personal sin retiro
Hora: $ 36. Mensual: $ 4.654
El personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad.