La AFIP seguirá de cerca a quienes gastan más en luz, gas, agua, teléfono y celulares

Las empresas deben suministrar mensualmente los datos que corresponden a los usuarios que en cada mes presentan un consumo igual o superior a $1.000, o su equivalente cuando el período de facturación sea diferente al mensual .        


A partir de este mes, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) seguirá de cerca a quienes gastan más en luz, gas, agua, teléfonos y celulares.
De esta manera, podrá potenciar los cruces de información a fin de detectar evasión en el Impuesto a las Ganancias y a los Bienes Personales. Por ejemplo, sería poco creible que una persona que gasta fortunas en el pago del celular no presente las declaraciones impositivas anuales respectivas.
La reformulación del control se dio a conocer a través de la resolución general 3349 publicada en el Boletín Oficial. 
La flamante reglamentación "establece un régimen de información que deberá ser cumplido por las empresas que presten el servicio de suministro de energía eléctrica, de provisión de agua, de gas, de telefonía fija y de telefonía móvil".
Las empresas deben suministrar mensualmente, los datos que corresponden a los usuarios que en cada mes presentan un consumo igual o superior a $1.000, o su equivalente cuando el período de facturación sea diferente al mensual.
Asimismo, las empresas estarán obligadas a informar a todos los contribuyentes que, al cierre del período mensual informado, revistan el carácter de sujetos adheridos al Monotributo, independientemente del monto de la operación.
La información debe suministrarse hasta el último día del mes inmediato siguiente al período mensual que se informa.
Fuente: iprofesional.